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RESUMEN DE NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS Y PYMES EN 2016

  • Foto del escritor: Blanca Viala
    Blanca Viala
  • 28 ene 2016
  • 4 Min. de lectura

Un año que comienza cargado de novedades legislativas que hay que tener en cuenta y que vendrá marcado por la entrada en vigor de medidas y tipos contempladas para este año en la reforma fiscal y la Ley de Promoción del Empleo Autónomo.


Aquí se puede consultar las medidas fiscales definitivas a las que estarán sujetos los autónomos y pequeñas empresas durante 2016.


  • SEGURIDAD SOCIAL – CUOTA DE AUTÓNOMOS:


  • Cuota de autónomos 2016: Nueva subida en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos. Estas subidas se recogen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016. La base de cotización sube el 1% desde 884,40 a 893,10€ mensuales, por lo que la cuota mínima pasa de 264,44 a 267,04€, lo que supone 31€ más al año. La de autónomos societarios sube hasta 318€.


  • Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a la jubilación: Se podrá optar libremente entre la base máxima y la mínima los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de Enero de 2015 que se den de alta por primera vez en 2015 o cuya base de cotización en Diciembre de 2015 haya sido igual o superior a 1.945,80€ al mes.


  • Tarifa plana: La tarifa plana para nuevos autónomos se redondea a 50€ exactos durante los primeros 6 meses. Además, los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la misma.


  • HACIENDA E IMPUESTOS DE LOS AUTÓNOMOS:


  • Retenciones de los profesionales autónomos: Se mantienen en el 15% las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas. Las retenciones de los nuevos profesionales autónomos serán del 7% durante el año en que se den de alta y los dos siguientes.


  • Requisitos para estar en módulos en 2016: El 1 de Enero de 2016 entra en vigor finalmente la primera fase de las medidas de la Reforma Fiscal destinadas a reducir el número de autónomos que pueden tributar por módulos. Se endurecen los requisitos a cumplir, lo que puede obligar a muchos autónomos en módulos a pasar al Régimen de Estimación Directa:

  • Máximo de ingresos baja de 450.000€ a 250.000€/anuales.

  • Máximo de compras baja de 300.000€ a 250.000.

  • Quedan excluidas las actividades obligadas a practicar retenciones en sus facturas, lo que deja fuera de módulos a los sectores de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura).


  • Módulos 2016: Se mantiene los mismos módulos de IRPF e IVA que en 2015, al igual que se mantiene la reducción general en el Rendimiento Neto del 5%.


  • Impuesto de Sociedades: En 2016 será aplicable la segunda fase de la rebaja en los tipos del general del 28% al 25%, desapareciendo los tipos reducidos para empresas de reducida dimensión en consecuencia, las pymes, que ya contaban con un tipo del 25% para los primeros 300.000€ de beneficio, sólo se verán beneficiadas si tienen un beneficio superior a dicha cantidad. En cuanto a las Sociedades Limitadas de nueva creación se mantiene el tipo reducido del 15% durante los 2 primeros periodos.


  • Sociedades civiles: Desde el 1 de Enero de 2016, las Sociedades Civiles que tengan un objeto mercantil, es decir, que desarrollen una actividad económica, deberán tributar por el Impuesto de Sociedades en lugar de hacerlo por el IRPF en atribución de rentas como hasta ahora. En caso de que los socios no quisieran tributar por el Impuesto de Sociedades dispondrán de 6 meses para disolver y liquidar la Sociedad Civil, aplicándose en ese período un Régimen fiscal especial para que operación no tenga coste.


  • Comunidades de Bienes: A pesar de que las C.B también iban a tener que tributar por el Impuesto de Sociedades conforme a la aplicación del Artículo 7 del IS, las consultas emitidas por Hacienda indican que se mantiene el Régimen de Atribución de Rentas.


  • Retenciones de administradores: Las retenciones de los Administradores y consejeros de PYMES que sean sociedades bajan del 37% al 35% y del 19,5% al 19% en el caso de que el volumen de ingresos del último ejercicio sea inferior a 100.000€.


  • CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES:


  • Bonificaciones en la cotización de trabajadores indefinidos: En Agosto de 2016 finaliza el plazo para la solicitud de ayudas de este tipo, consistentes en una bonificación por la que quedan exentos de cotización por contingencias comunes los primeros 500€ de la nómina del trabajador.


  • EMPRENDEDORES:


  • Ampliación de la capitalización del desempleo: desde el pasado noviembre los mayores de 30 años también tienen posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para financiar sus inversiones. Además, se permite capitalizar para formar parte de una S.L. Son medidas que en 2016 permitirán que esta medida se extienda a emprendedores que hasta ahora no podían acceder a ella.


  • Compatibilizar el paro con ser autónomo: otra de las novedades importantes de la Ley de Promoción del Empleo Autónomo que ha entrado en vigor a final de 2015 y que tendrá pleno efecto en 2016 es la posibilidad de compatibilizar el cobro del desempleo con el alta en autónomos, pudiendo mantener la prestación durante 9 meses.



BLANCA VIALA LLUECA


Correo electrónico: blavillu@hotmail.com


NIF: 73396493C


WEB: http://blavillu.wix.com/gestoriaviala


TELF: 964744441


AVENIDA FRAY LUIS AMIGO, 18 Bajo


12400 SEGORBE (CASTELLÓN)




 
 
 

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