top of page
Buscar

CONTRATAR Y DAR TRABAJO A PERSONAS DISCAPACITADAS

  • Foto del escritor: Blanca Viala
    Blanca Viala
  • 26 may 2016
  • 2 Min. de lectura

Los datos que se desprenden del informe elaborado por ADECCO el pasado Octubre revelan el incremento en la contratación de personas con discapacidad en los últimos 3 años. En este aspecto 2015 registró un aumento del 54% respecto a 2012. Sin embargo, la otra cada demuestra que la tasa de actividad entre discapacitados continúa siendo baja ya que sólo el 36% de ellos tienen trabajo o lo buscan.


1. REQUISITOS DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS:


Entre las condiciones que el nuevo trabajador debe cumplir para su contratación figuran:


- Discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente o pensionista de la Seguridad Social que tenga reconocida una pensión de Incapacidad Permanente, en cualquiera de sus formas.


- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.


- El trabajador no puede haber tenido vínculo con la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores por un contrato similar.


2. VENTAJAS ECONÓMICAS:


La contratación de trabajadores discapacitados es una buena inversión para el negocio por los beneficios económicos que esto conlleva. El Estado premia al empresario con una serie de bonificaciones y que dependen de una serie de aspectos.


3. VENTAJAS CORPORATIVAS:


La contratación de trabajadores discapacitados no sólo se ciñe a la rentabilidad de aspectos económicos sino que también presenta una serie de ventajas en el plano laboral.


- Mejora la reputación del negocio: La PYME mostrará su cara más humana y su grado de compromiso con la Responsabilidad Social Corporativa.


- Mejor el clima laboral: Tener una persona discapacitada en plantilla facilita la eliminación de estereotipos y fomenta la integración de la misma entre el resto de trabajadores.


- Especialización del trabajo: No se debe menospreciar las habilidades de este colectivo con capacidades diferentes a las del resto de empleados y especial destreza para ellos.


4. BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN:


Entre las ventajas económicas resultantes de contratar a una persona con discapacidad destacan principalmente estas tres:


- Bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social que van desde los 3.500€ y pueden ascender hasta los más de 6.000 dependiendo del grado de discapacidad, sexo y edad del trabajador además del tipo de contrato y jornada laboral. En buena lógica, los contratos temporales recibirán una bonificación inferior al contrato indefinido.


- CONTRATO INDEFINIDO:


* Bonificación general:

* HOMBRES: Menores de 45 años 4.500€

* HOMBRES: De 45 años o más 5.700€

* MUJERES: 5.350€


* Bonificación con discapacidad severa:

* HOMBRES: Menores de 45 años 5.100€

* HOMBRES: De 45 años o más 6.300€

* MUJERES: 5.950€


- CONTRATO TEMPORAL: (Contrato temporal de fomento al empleo)


* Bonificación general:

* HOMBRES: Menores de 45 años 3.500€

* HOMBRES: De 45 años o más 4.100€

* MUJERES: Menores de 45 años 4.100€

* MUJERES: De 45 años o más 4.700€


* Bonificación con discapacidad severa:

* HOMBRES: Menores de 45 años 4.100€

* HOMBRES: De 45 años o más 4.700€

* MUJERES: Menores de 45 años 4.700€

* MUJERES: De 45 años o más 5.300€


- Deducción del Impuesto de Sociedades de 6.000€ en la cuota íntegra por cada persona contratada.


- Subvención de hasta 901€ para la adaptación del puesto de trabajo y la eliminación de barreras.


Además de estas medidas cada Comunidad Autónoma presenta sus propios incentivos.


 
 
 

Comments


Featured Posts
Vuelve pronto
Una vez que se publiquen entradas, las verás aquí.
Recent Posts
Archive
Search By Tags
Follow Us
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square

© 2015 por Gestoría Viala.

bottom of page