CONVOCATORIAS DE AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE 2016
- Blanca Viala
- 17 feb 2016
- 2 Min. de lectura

Plazo de solicitud: hasta 30/12/2016.
Objeto: El objeto de esta convocatoria es establecer el régimen de las subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo a través de ayudas a las empresas para la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, así como apoyar el desarrollo de nuevas actividades empresariales y/o profesionales llevadas a cabo por los jóvenes beneficiarios de dicho Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- LÍNEA 1: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN:
Cuantía máxima: 1500€.
La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de la misma sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Tipología de contratos subvencionables:
o A) Contratos indefinidos a tiempo completo. o B) Contratos temporales a tiemplo completo. o C) Contratos para la formación y aprendizaje a tiempo completo. o D) Contratos en prácticas a tiempo completo.
El contrato será formalizado con el beneficiario/a quedando en todos sus aspectos sometido a la legislación laboral vigente en el momento de la contratación.
No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido alguna relación laboral con el beneficiario/a o empresas vinculadas en los 6 meses anteriores al de la formalización del contrato. Cualquiera que sea la tipología de contrato elegida, se deberá garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los 6 primeros meses, a contar desde la firma del contrato.
- LÍNEA 2: AYUDA A EMPRENDEDORES:
Cuantía máxima: 1800€
Entre 16 a 30 años.
La puesta en marcha de la nueva actividad empresarial y/o profesional deberá llevarse a cabo por jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan finalizado la orientación vocacional dentro del plan de capacitación del PICE.
A los efectos de la presente convocatoria, no será compatible el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.
Cualquiera que sea la forma jurídica en que la nueva actividad empresarial y/o profesional hubiera iniciado su actividad, esta deberá permanecer en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante un mínimo de 12 meses.
Podrán solicitar las ayudas aquellos jóvenes (personas físicas) que desde el momento de entrada en vigor de la convocatoria y hasta el 30/12/16 se den de alta en el IAE y en el RETA.
Asimismo, deberán haber finalizado al menos la fase de orientación vocacional dentro del plan de capacitación en el marco del PICE, y constar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil como beneficiarios tanto en el momento del alta en el IAE y como en el RETA. BLANCA VIALA LLUECA Correo electrónico: blavillu@hotmail.com NIF: 73396493C WEB: http://blavillu.wix.com/gestoriaviala TELF: 964744441 AVENIDA FRAY LUIS AMIGO, 18 Bajo 12400 SEGORBE (CASTELLÓN)
Comments